FUNDACION SALUD.AR

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ENTIDAD SIN FINES DE LUCRO

viernes, 16 de octubre de 2015

EL SISTEMA DE SALUD EN LA REPÚBLICA ARGENTINA


LA FUNDACIÓN SALUD.AR Y LOS PARADIGMAS DE UN FUTURO SISTEMA DE SALUD


El sistema de salud en la República Argentina, derecho esencial reconocido por el art. 42 de la Constitución Nacional, contempla la existencia de dos o mejor dicho, tres ámbitos diferentes: el público y dentro de este, como subsistema, las obras sociales, y el privado. En este espacio, la medicina prepaga ( sociedades comerciales, sociedades civiles, mutuales, asociaciones profesionales, etc.) absorbe mayoritariamente la atención de los usuarios. Muy excepcionalmente aquel que padece una enfermedad acude al médico y solventa mediante ese convenio instantáneo, el costo de la atención. Menos aún en el caso de la hotelería sanatorial
El Estado, como una suerte de padre de familia de recursos escasos, con los años se ha ido ocupando de  una cantidad cuantitativamente menor pero cualitativamente más desprotegida. El sistema público atiende a aquellos que no son incluidos en el resto de los ámbitos de atención.
Las obras sociales están un escalón más abajo en el rango de solidaridad social, porque por esencia y por imposición legal, deben destinar la porción más importante de sus recursos a la atención de sus afiliados, que no son otra cosa que los trabajadores del sector que colectivamente son representados por el sindicato
El mismo rasgo de carácter solidario corresponderá a las asociaciones mutuales y sociedades civiles o simples asociaciones
El sistema de salud debe volver al control preeminente del Estado (nacional, provincial, municipal) mediante la articulación armónica de sus recursos con los restantes protagonistas en los que la solidaridad constituya la razón misma de su existencia.
La colaboración entre el Estado y las obras sociales deberá obtenerse mediante la noción del convenio de funcionamiento, merced al cual la obra social contrata con el Estado la prestación de servicios para quienes no integran su padrón
El objetivo de nuestra Fundación es llevar a cabo todas las gestiones necesarias  para que se cubran los gastos  de atención integral en todos los tratamiento de fertilización, en todos las variantes reconocidas por el Ministerio de Salud, y con inmediata plena aplicación la ley 26.862 promoviendo la adhesión de todas las provincias; además, deberá propender a la cobertura internación a los pacientes afectados por demencia senil, Alzheimer, etc; cobertura del 100% en toda la medicación  para la fertilización médicamente asistida, oncológica y para enfermedades crónicas; provisión de audífonos en hipoacusias bilaterales y de los insumos, prótesis adecuadas, prestaciones asistenciales para niños discapacitados.   

Para esos objetivos realizaremos conferencias, cursos con juristas y médicos especializados, encuentros con pacientes y familiares y toda acción que permita arribar al objetivo buscado, ampliar los beneficios de la salud a todos los habitantes de la República Argentina.

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