FUNDACION SALUD.AR

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ENTIDAD SIN FINES DE LUCRO

miércoles, 14 de octubre de 2015

LA SUPERITENDENCIA DE SALUD Y SU FUNCIÓN ACTUAL(*)


1. La ley 23661, sancionada el 29 de Diciembre de 1988, o sea, en el mismo día y a continuación de la llamada ley de obras sociales, la ley 23.660, estableció el Sistema Nacional de Seguro de Salud, con “los alcances de un seguro social a efectos de procurar el pleno goce del derecho a la salud para todos los habitantes del país sin discriminación social, económica, cultural o geográfica”

Posteriormente, decreto del Poder Ejecutivo Nacional, (Decreto 1615/96), determinó que la autoridad de aplicación seria la Superintendencia de Salud, fruto de la fusión de la A.N.Sal , el INOS y la Dirección Nacional de Obras Sociales.

El sistema de “seguro de salud” se forma, según la ley, con las obras sociales y “demás entidades que adhieran al sistema” (art. 2)  con “todos los beneficiarios de las obra sociales”, los trabajadores autónomos y “las personas con residencia permanente en el país, que se encuentren sin cobertura médica”.


Esta ley, que resulta confusa en la precisión de sus objetivos, es inadecuada cuando de concretar las fuentes de financiamiento se trata.
En el art. 21 se afirma que el Seguro Nacional de Salud contará
“a) con la cobertura de prestaciones que tienen que dar a sus beneficiarios las obras sociales…”
Más allá que se trata de una repetición de la norma contenida en la ley 23.660, no se define el recurso, en el alcance técnico del concepto, sino quien se ocupará de cumplir con una obligación que surge de los estatutos de cada obra social y de la ley 23.660. 



(*) “El sistema de salud. Obras Sociales y Empresas de Medicina Prepaga” autor Horacio A. Faillace. Ed. Cátedra Jurídica


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